La oferta de productos digitales que se nos presenta día a día es bastante amplia, pero ¿dónde tributan estas empresas?
La oferta de productos digitales que se nos presenta día a día es bastante amplia (música, películas, videojuegos, movilidad, redes, estudios y demás). Y si nos ponemos a pensar sobre los miles y millones de usuarios activos que tienen (dependiendo claro está de lo popular del producto) y los ingresos que perciben al desarrollarse dentro de una economía global, la pregunta a nivel de recaudación es: ¿dónde deberían tributar y cómo?
Todos estos productos suelen ofrecerse por empresas que se constituyen en países con escasa tributación y no en países donde virtualmente operan, lo que genera que los países pierdan recaudación respecto de empresas millonarias. Es así como ya más de 20 países han introducido sus propios impuestos unilaterales sobre los servicios digitales (DST, por sus siglas en inglés), lo que crea complejidad para las multinacionales con efecto en los costos y reacciones adversas entre los gobiernos que aún no lo implementan.
Ahora bien, organismos internacionales como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) están evaluando mecanismos idóneos y uniformes para que se equilibre la tributación a nivel global, como incorporar un concepto de establecimiento virtual (además del físico), pero esto no asegura que los DST sean retirados si se llegara a un consenso con la OCDE.