21 may. 2024
Vista aérea de la Plaza Naciones Unidas, Buenos Aires, Argentina

Doing Business en Argentina

Por EY Argentina

Organización multidisciplinaria de servicios profesionales

21 may. 2024

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  • Doing Business en Argentina | Mayo 2024

  • Doing Business in Argentina | May 2024

EY Argentina presenta la serie Doing Business en Argentina, con el objetivo de brindar un esquema general de los temas tratados. 

Esta es una introducción del Doing Business en Argentina 2024.
Descarga la publicación completa en español (PDF)Descarga la publicación completa en inglés (PDF).

Argentina está dividida en 23 provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las provincias tienen sus propias constituciones y poderes ejecutivo, legislativo y judicial. Además, cada provincia está dividida en unidades administrativas (por ejemplo, municipalidades) que no son autónomas, pero tienen sus propios presupuestos y estructuras administrativas.

Nuestro sistema de gobierno consta de tres poderes: 

  • Ejecutivo (Presidente)
  • Legislativo (Congreso)
  • Judicial (Corte Suprema de Justicia y tribunales inferiores)

El congreso está compuesto por el Senado y la Cámara de Diputados. Los integrantes se eligen por medio del voto popular. En el caso del Senado, se eligen tres integrantes por provincia por mandatos de seis años. La cantidad de integrantes electos en la Cámara de Diputados es proporcional a la población de cada provincia y se elige por períodos de cuatro años. 

Las elecciones presidenciales se celebran cada 4 años mediante un sistema de segunda vuelta: un candidato gana si obtiene el 45 % de los votos o el 40 % de los votos y tiene una diferencia mayor a 10 puntos porcentuales respecto del candidato en segundo lugar. Si no se cumplen estas condiciones, se realiza una segunda vuelta.

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Primer acercamiento

Perspectiva general

Paneo general por la actividad económica, el comercio exterior, el sector público, los flujos de capital y la infraestructura.

PBI y actividad económica

Argentina es la tercera economía más grande de Latinoamérica, detrás de Brasil y México y se ubica en el sexto lugar en términos de PBI per cápita (contemplando la paridad del poder adquisitivo). Se estima que en 2024 su PBI alcanzará los 632.629 millones de dólares y el PBI por habitante ascenderá a 13.394 dólares (27.576 dólares en términos de PPA)1. Después de dos años de recuperación post pandemia, el PBI volvió a caer en 2023. La sequía fue uno de los factores más importantes. También se sumaron las restricciones sobre las importaciones y la incertidumbre que atravesó el país en el periodo electoral. La corrección de los desbalances macroeconómicos iniciada a fines de año también aporta a la recesión. Para 2024 el FMI espera que  la economía deje de caer. El regreso de las lluvias ayudará a que el agro pueda recuperarse y traccione sectores relacionados. Un tipo de cambio real competitivo también debería contribuir a que sectores exportadores como el de la energía y la minería tengan un buen año.

Argentina tiene una economía diversificada. El sector primario es conocido en todo el mundo por su alta productividad y el uso de tecnologías de punta. Los sectores clave de la base industrial desarrollada de Argentina son la agroindustria, los automóviles, los productos farmacéuticos, los químicos y los petroquímicos, la biotecnología y la fabricación de diseño.

El sector de servicios es el que más contribuye al PBI total, puesto que representa cerca del 60 % del total.

Argentina es un productor líder de alimentos primarios. Está entre los cinco mayores productores mundiales de soja, harina de soja, aceite de soja, girasol, aceite de girasol y maíz; y entre los diez de cebada, sorgo y trigo2.

Argentina tiene la cuarta reserva de petróleo no convencional más grande del mundo y la segunda reserva de gas no convencional más grande del mundo. Otros recursos naturales valiosos son el oro, el cobre, el plomo, el zinc, los boratos naturales, la bentonita, la arcilla y la piedra de construcción.

En los últimos años, en especial a raíz de la tendencia del sector automotriz hacia las plazas eléctricas, el litio, recurso de suma importancia para las baterías eléctricas, comenzó a cobrar mayor relevancia. Argentina es el segundo país del mundo, después de Bolivia, con mayor cantidad de recursos de litio (23 % de los recursos totales globales), y tercero en términos de reservas.

Actualmente, con dos proyectos operativos en Catamarca y Jujuy y otros 36 proyectos que están en distintas etapas de desarrollo, el país se posiciona como el cuarto mayor productor de litio en el mundo. Con la expansión en la demanda de los autos eléctricos, el rol de Argentina como uno de los grandes jugadores en esa industria cobra mayor relevancia.

Otro mineral con gran potencial para el país es el cobre, clave en la generación de energías renovables. En la actualidad el país cuenta con 1 proyecto en etapa de producción y 22 más en distintas etapas de desarrollo que comenzarán a operar en los próximos años. A estos se le suman otros minerales como el cobalto, cromo, grafito, zinc, níquel, entre otros, que tienen gran relevancia en la transición energética y de los cuáles se identifican recursos en el país, por lo que podrían ser muy relevantes a futuro, sobre todo en lo que respecta la expansión de las exportaciones mineras.

Los sectores industriales líderes en términos del valor bruto de la producción son el procesamiento de alimentos, las bebidas, los químicos y productos farmacéuticos, los vehículos motorizados y las piezas de repuesto, el coque, la refinería de petróleo y la fabricación de combustible nuclear.

Respecto de los servicios, los sectores que tienen el mayor porcentaje de valor bruto son comercio que incluye venta mayorista, minorista y reparaciones, seguido por transporte, almacenamiento y comunicaciones. El sector de servicios encabeza el mercado laboral como el principal creador de puestos de trabajo.

Las provincias por lo general se agrupan en regiones: NOA, NEA, Cuyo, Pampeana y Patagónica.

Argentina tiene recursos naturales valiosos en todo su territorio a lo que se suma una destacable variedad de climas que acompañan a las necesidades de distintos procesos productivos. 

Para 2024 el FMI espera que la economía deje de caer.

Comercio exterior por socio comercial

Los principales socios comerciales de Argentina (importaciones y exportaciones) son Brasil, China y Estados Unidos:

  • El 62 % de las exportaciones a Brasil son manufacturas industriales.
  • Más del 88 % de las exportaciones a China son productos primarios y manufacturas de origen agropecuario. 
  • El 36 % de las exportaciones a Estados Unidos son manufacturas de origen industrial y el 35 % son  combustibles y energía.

Importaciones:

  • El 49 % de las importaciones desde Brasil son bienes intermedios.
  • El 31 % de las importaciones desde China son bienes intermedios y el 29 % bienes de capital.
  • El 36 % de las importaciones desde Estados Unidos son combustibles y lubricantes y el 34 % bienes intermedios.

Históricamente el sector de los servicios (alrededor del 20 % del total de exportaciones e importaciones) de Argentina siempre tuvo una balanza comercial negativa, explicado principalmente por Turismo y Fletes. En los últimos años se fortalecieron los servicios orientados a la exportación, principalmente debido a los recursos humanos altamente capacitados de Argentina.

Sector Público

Durante el último decenio (2013 a 2022), la presión tributaria promedió los 30.0 puntos del PBI. Los impuestos internos a los bienes y servicios dieron cuenta de 4,8 de cada 10 pesos de recaudación, mientras que los impuestos al trabajo explicaron 2.1 de cada 10, y 1.8 de cada 10 provinieron de los gravámenes a los ingresos y ganancias de capital. El resto se dividió entre los impuestos al comercio exterior y otros.

En lo que respecta al gasto público, si se promedia desde el 2017 al 2023, se sabe que el 84,3 % de los gastos se concentran en tres áreas: prestaciones sociales (57,1 %), subsidios económicos (10,7 %) y gastos de funcionamiento (16,5 %).

Uno de los ejes principales del nuevo gobierno es alcanzar el superávit primario en 2024. Para lograrlo propone una reducción en los gastos combinada con un aumento de los ingresos. 2023 cerró con un déficit primario de 2,9 % del

PBI y financiero del 6,1 %. El nivel de ajuste fiscal propuesto fue visto con buenos ojos por las autoridades del FMI. Así es como los primeros días del año se llegó a un acuerdo para destrabar los desembolsos pendientes. La actividad económica cayó en 2023 y se estima que los primeros meses de 2024 también serán recesivos.

El riesgo país continuó alto, promediando 2.229 puntos básicos en el 2023, e incluso superando los 2.700 p.b. en octubre. Si bien los vencimientos en dólares de 2024 son posibles de cumplir, el stock de reservas netas en terreno negativo, junto a la incertidumbre política hacen que se mantenga en estos niveles. De funcionar el plan del gobierno puede ir bajando a lo largo del año, y así el país podría reingresar al mercado internacional de deuda. La inflación sigue siendo unos de los principales problemas a resolver. La corrección de precios relativos la llevó un escalón más arriba, pero debería empezar a moderarse hacia mitad de año.

Política monetaria y flujos de capital

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) es el organismo encargado de la política monetaria del país.

Su propósito es promover la estabilidad monetaria y financiera, el empleo y el desarrollo económico con equidad social (dentro del marco de las políticas definidas por el gobierno nacional). La política cambiaria actual es un sistema de crawling peg, donde el BCRA realiza pequeñas depreciaciones todos los días. En cada una de las rondas el Banco Central interviene en el mercado ya sea para sostener el tipo de cambio satisfaciendo la demanda o desde el lado comprador para incrementar el stock de reservas cuando la oferta es mayor.

Se mantienen restricciones a los flujos de capitales y a la compra de divisas (atesoramiento) por parte del público dada la escasez de reservas internacionales. El plan del gobierno es ir relajando los controles a medida que el Banco Central pueda recomponer su hoja de balance. Entre los objetivos más próximos también está reducir el exceso de deuda por importaciones acumulado durante los últimos dos años.

En 2023, a pesar de haberse implementado en más de una ocasión un tipo de cambio diferencial para exportadores, las reservas netas cayeron más de 15 mil millones de dólares. De esta manera se incumplió una de las metas del acuerdo con el FMI. Este año, luego de la corrección del tipo de cambio, el Banco Central volvió a acumular reservas. El fin de la sequía y las proyecciones de una buena campaña agrícola ayudarán a que el BCRA pueda seguir comprando dólares en el mercado.

Una de las primeras medidas tomadas por la nueva administración fue una baja en la tasa de interés. También se dejaron de licitar Leliqs y el único instrumento de control monetario ahora son los Pases a 1 día. Tanto en diciembre como en enero la tasa de interés real fue muy negativa, por lo que se licuó una parte de los pasivos del Banco Central.

La brecha cambiaria bajó con la suba del dólar oficial, pero luego volvió a subir producto de la política de tasas. Es probable que la tasa de interés vuelva a subir para sostener la demanda de dinero.

En cuanto al financiamiento monetario del déficit, en la primera mitad de 2023 se utilizaron tanto Adelantos Transitorios como Transferencias de Utilidades. En el segundo semestre se dejó de monetizar el déficit por esta vía, pero siguió haciéndose de manera indirecta a través de la intervención en el mercado secundario de bonos. En 2024 se espera que se abandonen estas prácticas.

Infraestructura 

A pesar de haber tenido siempre una infraestructura sólida, en los últimos años Argentina bajó posiciones en los Informes internacionales que evalúan estas cuestiones. En el último Informe de Competitividad Mundial publicado por el IMD (International Institute for Management Development), Argentina ocupó el puesto 63 de 64 países. En la subcategoría de infraestructura quedó en la posición 56.

En cuanto a la infraestructura del transporte, el sistema de carreteras y ferrocarriles se extiende a lo largo de más de 35.000 km, las conexiones marítimas operan en 46 puertos y el tráfico aéreo conecta 53 aeropuertos.

Argentina tiene 40 zonas portuarias en su costa atlántica:

  • El puerto en la ciudad de Buenos Aires concentra el 62 % de los contendedores de carga del país.
  • 10 zonas portuarias en la provincia de Buenos Aires.
  • 15 zonas portuarias en la costa Patagónica, que se usan principalmente para transportar petróleo y pescado.
  • 3 zonas portuarias en la provincia de Santa Fe, que se usa principalmente para granos y de gran relevancia para uno de los sectores más dinámicos de nuestra economía.
  • 11 zonas portuarias en la región noreste.

Es clave el rol de la vía navegable troncal para el desarrollo de la economía de nuestro país. Esta vía de 1.477 km, que vincula los puertos y las terminales fluviales del Río Paraná y del Río de La Plata con el océano, agrupa cerca del 80 % de la exportación nacional.

Principales aeropuertos:

  • Aeropuerto Internacional de Ezeiza (Ministro Pistarini), provincia de Buenos Aires.
  • Jorge Newbery, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Argentina tiene uno de los mercados de comunicaciones móviles más dinámicos de América Latina; pese a que en los últimos años las inestabilidades macroeconómicas del país afectaron el desarrollo del sector. La penetración móvil es de aproximadamente 130,6 accesos cada 100 habitantes. En términos de penetración de internet fijo se registran 24,14 accesos por cada 100 habitantes, aunque el porcentaje de hogares con conexión fija a Internet supera el 90 %. Entre los desafíos que enfrentan los usuarios de Internet se destaca

el de la baja calidad del servicio, seguido por el de los cortes de energía y los altos costos. A fines de 2023 se licitó la red 5G y se estima que en poco más de un año esta tecnología llegará a los usuarios. En varios países de la región ya se encuentra disponible para uso comercial.

El 89 % de la matriz energética de Argentina está explicada por fuentes convencionales (gas y petróleo). El 11 % restante es una combinación de energía hidroeléctrica, energía nuclear, carbón mineral, leña, bagazo, aceites vegetales, combustibles de alcohol, energía eólica y energía solar y otras fuentes primarias.

Las energías renovables continúan desarrollándose en el país y en el 2022 la energía generada por estas fuentes llegó a los 158 mil GWh, superior a los 153 mil del 2021.

En octubre, se logró el pico histórico de cubrimiento de la demanda eléctrica a través de energías renovables llegando a ser del 31,3 % del total nacional. Para el total del año, las fuentes renovables cubrieron 13,9 % de la demanda. Se destaca un aporte cada vez mayor de la energía eólica.

En el 2023, se finalizó la construcción del gasoducto que une Vaca Muerta con Buenos Aires lo que permite aumentar el suministro de gas a los centros urbanos con mayor concentración poblacional. El primer tramo tiene una extensión de 573 kilómetros y permitirá reducir las importaciones de GNL.

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Estructuras societarias

Crear una Sociedad

Vehículos de inversión que suelen usar las personas físicas o jurídicas extranjeras.

Los vehículos de inversión que suelen usar las personas físicas o jurídicas extranjeras son: sociedades anónimas, sociedades anónimas unipersonales, sociedades por acciones simplificadas, sociedades de responsabilidad limitada y sucursales.

Se describen a continuación las principales características de estas cinco estructuras societarias, de acuerdo con las leyes argentinas y las reglamentaciones de la Inspección General de Justicia (IGJ) en tanto dichas sociedades se constituyan dentro de la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

  • Sociedad Anónima (S. A.)

    • El capital está representado por acciones. Las acciones deben ser nominativas no endosables. De acuerdo con los derechos que confieren, pueden clasificarse en ordinarias, privilegiadas o preferidas.
    • Debe ser constituida por instrumento público. 
    • La transferencia de acciones por lo general no tiene restricciones, pero pueden incluirse ciertas limitaciones en los estatutos o reglamentos de la sociedad.
    • Este tipo societario debe tener más de un accionista. 
    • La responsabilidad de los accionistas se limita al capital aportado. El capital mínimo exigido es de 100.000 pesos argentinos. Los aportes en efectivo pueden integrarse en un 25 % al momento de suscribir las acciones, y el saldo, durante los siguientes dos años. Los aportes en especie deben ser integrados en su totalidad al momento de la suscripción. 
    • Si las sociedades extranjeras tienen acciones en una sociedad constituida en Argentina, primero deben registrarse ante el Registro Público de Comercio y demostrar que realizan su principal actividad en el extranjero. 
    • Los accionistas deben celebrar al menos una asamblea anual cuyo orden del día principal consiste en la aprobación de los estados contables, la distribución de las utilidades y la designación de los directores y síndicos. La mayoría de los directores deben ser residentes argentinos. 
    • Ciertas sociedades anónimas que están sujetas a la fiscalización estatal permanente deben contar con un órgano de fiscalización interna. Según las circunstancias, puede ser ejercida por un síndico o una comisión fiscalizadora designada en la Asamblea de Accionistas
    • La razón social debe contener la expresión “Sociedad por Acciones” o su abreviatura “SA”.
  • Sociedad Anónima Unipersonal (S. A. U)

    La Ley General de Sociedades N.° 19.550 (LGS) permite la constitución de una sociedad anónima unipersonal (SAU), que es un tipo de sociedad específica. Los requisitos especiales aplicables a la SAU son:  

    • Si bien las SAU son un tipo societario específico se les aplica la normativa correspondiente a las sociedades anónimas.  
    • La responsabilidad de los accionistas se limita al capital aportado. El capital mínimo exigido es de 100.000 pesos argentinos. El 100 % del capital social debe integrarse al momento de la constitución. 
    • El órgano de administración puede estar integrado por un solo director. 
    • Todas las SAU están sujetas a la fiscalización estatal permanente y deben contar con un órgano de fiscalización interna, integrado al menos por un síndico titular y un síndico suplente. 
    • Las SAU no pueden ser accionistas de otra sociedad anónima unipersonal. 
    • La razón social debe contener la expresión "Sociedad Anónima Unipersonal" o su abreviatura "SAU". 
  • Sociedad por Acciones Simplificadas (S. A. S)

    • Los socios limitan su responsabilidad al valor nominal de las acciones que acordaron suscribir.  
    • La SAS unipersonal no puede ser constituida por otra SAS unipersonal. 
    • La razón social debe contener la expresión "Sociedad por Acciones Simplificada" o su abreviatura "SAS". 
    • Las SAS deben tener uno o más accionistas. Las personas físicas y jurídicas extranjeras pueden ser socios. 
    • El capital mínimo es de dos Salarios Mínimo Vital y Móvil (aproximadamente 850 dólares). 
    • La administración está a cargo de un órgano de administración y puede ser individual o colegiada. La designación de un síndico o una comisión fiscalizadora es opcional. Debe designarse por lo menos un administrador suplente en caso de que la sociedad prescinda del órgano de fiscalización.  
    • Al menos uno de los miembros del órgano de administración debe ser residente argentino. 
    • En las SAS existen reglas similares a las de las sociedades anónimas respecto de la responsabilidad de los socios y los administradores.
    • La celebración de las reuniones del órgano de administración y de los socios puede realizarse a distancia. 
    • Los Libros societarios y contables son digitales. 
    • No puede ser controlada ni estar vinculada en más de un 30 % de su capital social por una sociedad sujeta a fiscalización estatal permanente. 
    • No puede hacer oferta pública de sus acciones, ni tener participación estatal, ni realizar operaciones de capitalización, ahorro o en cualquier forma que requieran dinero o valores al público con promesas de prestaciones o beneficios futuros, ni explotar concesiones o servicios públicos.
  • Sociedad de Responsabilidad Limitada (S. R. L)

    • Los socios limitan su responsabilidad al valor nominal de las cuotas suscriptas.   
    • Las transferencias de las cuotas deben registrarse ante el Registro Público de Comercio. 
    • Puede ser constituida por instrumento público o privado con firmas certificadas. 
    • La cantidad de socios debe ser entre 2 y 50. 
    • La administración está a cargo de una gerencia que puede ser individual o colegiada. La designación de un síndico o una comisión fiscalizadora es opcional para las SRL que no superen el capital social de los 50.000.000 de pesos argentinos. 
    • Cuando el capital supera los 50.000.000 de pesos argentinos, el órgano de administración debe estar integrado por al menos tres miembros y el órgano de fiscalización debe estar compuesto por al menos un síndico titular y un suplente. 
    • Existen reglas similares aplicables a las SA respecto de la responsabilidad de los órganos de gobierno y de administración
    • La razón social debe contener la expresión “Sociedad de Responsabilidad Limitada” o su abreviatura “SRL”.
  • Sucursal de una Sociedad Extranjera

    • Estas entidades deben organizarse oportunamente de acuerdo con las leyes de su país de origen, comprobar la existencia de su casa matriz en el exterior, registrar sus estatutos ante el Registro Público de Comercio y designar e inscribir a un representante legal. 
    • Las sociedades constituidas en el extranjero que soliciten su inscripción como sociedades vehículo, deberán ser declaradas sociedad vehículo al momento de su inscripción en la República Argentina. No se admitirá la condición de sociedad vehículo de modo sobreviniente. 
    • Las sucursales deben llevar una contabilidad separada de la casa matriz respecto de las operaciones desarrolladas en Argentina, y presentar sus estados contables ante el Registro Público de Comercio. En principio, no es necesario asignar capital a la sucursal argentina de 
    • la sociedad extranjera, excepto ello sea requerido en materia regulatoria (i.e. aseguradoras o reaseguradoras). 
    • La IGJ exige que las sociedades extranjeras cumplan con un régimen informativo anual. En este sentido, deberán informar sobre su principal actividad desarrollada en el exterior y la individualización de sus socios. Asimismo, los representantes legales de sociedades extranjeras deberán constituir una garantía, similar a la ya requerida para directores titulares de sociedades locales.

Otras formas de entidades de inversión y participación empresarial son: Sociedades Colectivas, Uniones Transitorias, Agrupaciones de colaboración, Consorcios de cooperación y Fideicomisos.

Marco reglamentario

Gráfico de marco reglamentario

Protección de la propiedad intelectual

  • Marcas y denominaciones comerciales

    La Ley N.° 22.362 y su decreto reglamentario rigen las marcas y denominaciones comerciales. La ley protege la posesión de marcas y su uso exclusivo una vez registrada ante el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI). La duración de un registro de marca y, por lo tanto, la protección, es de 10 años desde la fecha de otorgamiento y se puede renovar indefinidamente por períodos de 10 años, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos relacionados con su uso. 

  • Patentes y modelos de utilidad

    Las patentes y los modelos de utilidad están regidos por la Ley N.° 24.481. La Ley establece que las patentes se otorgarán por cualquier invención siempre que sean (i) nuevas; (ii) entrañen una actividad inventiva, y (iii) sean susceptibles de aplicación industrial. La Ley otorga protección durante 20 años desde la fecha de aplicación de cada patente. Las personas físicas o jurídicas extranjeras deben tener domicilio constituido en Argentina para llevar a cabo la solicitud. La adjudicación debe registrarse en el INPI para que esté vigente ante terceros.

  • Patentes farmacéuticas

    La reglamentación, los derechos conferidos y los mecanismos para garantizar el cumplimiento de las normas relacionadas con esas patentes son, en términos generales, idénticas a las del resto de las patentes. Sin embargo, su reglamentación se complementa con las Resoluciones Conjuntas del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI), el Ministerio de Producción y el Ministerio de Salud N.° 118/2012, 546/2012 y 107/2012. Estas reglamentaciones restringen rigurosamente la patentabilidad de varias categorías de invenciones del campo farmacéutico.

  • Modelos y diseños industriales

    Los certificados de modelos o diseños industriales se otorgan para proteger los derechos de producción industrial. Para solicitar esos certificados, la persona física o jurídica debe tener su domicilio legal en la Ciudad de Buenos Aires. Si el diseño o modelo no se usó o publicitó antes en Argentina, el certificado ofrecerá protección por un período de 5 años renovable por 2 períodos adicionales de 5 años cada uno. Las renovaciones deben solicitarse a más tardar 6 meses antes de que finalice el período de protección vigente. Si se presenta una solicitud de diseño en el extranjero, debe presentarse una solicitud de certificado de diseño en Argentina dentro de los 6 meses a partir de la fecha de presentación de la solicitud extranjera.

  • Derechos de autor

    El marco legal de la reglamentación de los derechos de autor se define en la Ley N.° 11.723 y sus modificatorias (Ley de Propiedad Intelectual). La protección en virtud de la Ley de Propiedad Intelectual incluye trabajos científicos, literarios, artísticos o educativos independientes de los procesos que se usen para su reproducción.

Protección de las inversiones extranjeras

Los inversores y las inversiones de sujetos extranjeros están protegidos por la legislación argentina. Las disposiciones argentinas e internacionales garantizan que Argentina sea un destino seguro para las inversiones extranjeras y los inversores extranjeros. Por ejemplo, Argentina firmó casi 60 tratados bilaterales de promoción y protección de inversiones y sancionó la Ley N.° 21.382 de Inversiones Extranjeras para proteger las inversiones extranjeras en el país. Argentina se unió al CIADI en 1994 y tiene un observador del Comité de Inversión de la OCDE desde 1996. Además, Argentina integra la Agencia de Garantía de Inversiones Multilaterales (MIGA) y el Grupo del Banco Mundial, que ofrece seguros para inversiones extranjeros realizadas por personas físicas o jurídicas establecidas en los países miembros.

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Impuestos

El sistema fiscal argentino

Procedimientos para la presentación y el pago de los impuestos.

Principales impuestos

Los gobiernos nacionales, provinciales y municipales recaudan impuestos en Argentina. El gobierno nacional aplica impuestos a las ganancias, impuesto al valor agregado, impuestos sobre los bienes personales, impuestos internos, impuestos sobre los créditos y débitos bancarios e impuestos aduaneros. Las jurisdicciones provinciales y municipales recaudan impuestos sobre los ingresos brutos, impuestos inmobiliarios, impuestos de sellos, impuestos sobre los automóviles e impuestos sobre publicidad en la vía pública, entre otros.

Procedimientos para la presentación y el pago de los impuestos

El sistema fiscal argentino se basa en el principio de la autoliquidación. Las leyes fiscales nacionales exigen que los contribuyentes presenten declaraciones juradas anuales o mensuales para informar su ganancia imponible, determinar su obligación impositiva, deducir cualquier impuesto retenido o pagado por anticipado y pagar cualquier saldo adeudado.

La declaración jurada del impuesto de sociedades debe presentarse dentro de los 5 meses posteriores al cierre del ejercicio económico de la sociedad. El ejercicio fiscal de las personas físicas es el año calendario.

Las personas físicas cuyo ingreso es su remuneración únicamente no están obligadas a presentar una declaración jurada del impuesto a las ganancias por separado durante el ejercicio, en la medida que los montos correspondientes no sean superados. En cambio, sus empleadores deben retener el impuesto a las ganancias todos los meses y este impuesto se considera definitivo.

Los contribuyentes extranjeros que no estén establecidos en Argentina no deben presentar una declaración jurada si el impuesto a las ganancias a pagar está totalmente cubierto por la retención de impuestos a las ganancias de fuente argentina. En la medida que su remuneración bruta anual supere los 15.917.863,58 de pesos argentinos (monto vigente para el período fiscal 2023), únicamente deberán presentar una declaración jurada de carácter informativo, sin saldo a ingresar.

Cálculo de los impuestos

La legislación en materia impositiva establece reglas muy pormenorizadas sobre cómo calcular los impuestos. En general, el cálculo se basa en hechos conocidos, como los que se muestran en los registros contables llevados por el contribuyente o en la documentación resguardada en el legajo. Únicamente cuando el contribuyente no ofrece información pormenorizada, no se llevan registros contables apropiados o la información o los registros son incorrectos o incompletos, las autoridades fiscales pueden aplicar las presunciones legales para establecer la obligación fiscal del contribuyente en cuestión.

Exportar a Argetina y desde Argentina

Mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N.° 70/2023, de fecha 21/12/2023, se establecieron una serie de modificaciones al Código Aduanero, tendientes a facilitar la operatoria de importación y exportación de bienes.

Entre las principales modificaciones, podemos destacar:

  1. Se eliminaron / modificaron una serie de requisitos relacionados con la intervención de Despachantes de Aduana en operaciones de importación y exportación y se eliminaron determinados requisitos puntuales para la inscripción de Importadores y Exportadores. 
  2. Se estableció la posibilidad de realizar consultas previas al registro de las destinaciones de importación y exportación a los fines de evacuar inquietudes relacionadas con valoración y clasificación de las mercaderías.
  3. Se eliminó la posibilidad del Poder Ejecutivo Nacional de establecer prohibiciones o restricciones a las exportaciones o importaciones por motivos económicos.

Reglamentaciones sobre importaciones

Las autoridades aduaneras argentinas incorporaron los Códigos de Sistema Armonizado (códigos HS, por su sigla en inglés) para clasificar los bienes y determinar los aranceles, que conforman la base del Nomenclador Común del Mercosur (NCM) aplicable a los países miembros del Mercosur. Los aranceles básicos se calculan a partir del valor CIF (costo, seguros y flete) de las importaciones. Los aranceles varían de acuerdo con los diferentes tipos de bienes y oscilan entre 0 % y 35 %. Según la clasificación arancelaria de los bienes, las importaciones también pueden estar sujetas a una tasa estadística del 3 % (con ciertos topes).

Además, las importaciones se encuentran sujetas a IVA. La alícuota de IVA puede ser del 21 % o 10,5 %, según la clasificación de los bienes y se calcula sobre un importe equivalente a la suma del valor en aduana, los derechos de importación y la tasa estadística. Las importaciones de ciertos bienes también están sujetas a impuestos internos.

La importación de bienes se encuentra sujeta al pago adelantado de ciertos impuestos (IVA, impuesto a las ganancias e impuesto sobre los ingresos brutos). Estos cargos son, de hecho, los adelantos o percepciones de IVA, impuesto a las ganancias e impuesto sobre los ingresos brutos que el importador debe pagar en relación con sus actividades (ventas, servicios, suministros, entre otros) en el mercado local. Por ejemplo, el adelanto de impuesto a las ganancias es un crédito contra el pago del impuesto a las ganancias anual del importador. Estos adelantos de impuesto no son aplicables si el importador considera que los bienes son “activos fijos” para fines contables o si el importador obtiene ciertos certificados de exención impositiva. La alícuota de adelanto de IVA es del 20% o 10% (según la clasificación de los bienes), la alícuota del adelanto de impuesto a las ganancias es del 6 %, y la alícuota de adelanto de impuesto sobre los ingresos brutos es del 2,5%.

La Ley N.° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública (B. O. 23/12/2019) y sus modificaciones creó el denominado “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS)”, el cual estableció un impuesto aplicable a las adquisiciones por parte de residentes argentinos de moneda extranjera destinadas a la compra de ciertos bienes y servicios del exterior.

En este contexto, la importación de mercaderías estará sujeta un 17,5 % de Impuesto PAIS (los bienes suntuarios tienen una alícuota del 30%), excepto para algunas operaciones que se encuentran exentas de dicho tributo:

  • Ciertos bienes relacionados con la industria petrolera (combustibles, lubricantes, etc.);
  • Insumos y bienes intermedios vinculados a la canasta básica alimentaria, según lo establezca el Ministerio de Economía;
  • Otros bienes vinculados a la generación de energía.

En el caso de las importaciones de servicios, los pagos que se realicen a través del Mercado de Cambios estarán sujetos al pago del Impuesto PAIS de la siguiente manera:

  • Servicios en general 25 %
  • Culturales / recreativos 30 %
  • Fletes 17,5 %
  • Salud y educación exentos
  • Servicios digitales con tarjeta 8 %

En el ámbito de las importaciones de bienes, existen reglamentaciones especiales para el comercio dentro del Mercosur. La alícuota correspondiente al derecho de importación aplicable es del 0 %. La tasa estadística no es aplicable. Los productos elegibles deben tener un certificado de origen de un país miembro del Mercosur que pruebe que gran parte del proceso de fabricación se realizó en algún país miembro del Mercosur.

En el mes de diciembre de 2023, se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General  Conjunta  N.° 5466/2023 mediante  la  cual  se  crea  el  Sistema Estadístico de Importaciones –“SEDI”–, a través del cual los importadores deberán anticipar con carácter de Declaración Jurada la información relativa a sus destinaciones de importación a consumo, mediante el micrositio Sistema Estadístico

de Importaciones disponible en el sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). 

Reglamentaciones sobre exportaciones

Argentina estableció derechos de exportación que se aplican a las exportaciones para consumo de prácticamente todas las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur. La alícuota depende del tipo de bien exportado.

Mercosur

El 26 de marzo de 1991, Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay firmaron un convenio que establece una reducción gradual de los derechos de importación sobre el comercio entre los 4 países. La plena vigencia de este convenio comenzó el 1 de enero de 1995 mediante la eliminación de  los derechos de importación entre los 4 países. Chile y Bolivia firmaron acuerdos de libre comercio con el Mercosur. El Mercosur también firmó acuerdos de comercio preferencial con otros países del ALADI (México, Colombia, Ecuador, Perú y Cuba) con el propósito de crear áreas de libre comercio. También hay acuerdos de comercio con India e Israel.

El Mercosur también firmó acuerdos de comercio preferencial con otros países del ALADI (México, Colombia, Ecuador, Perú y Cuba) con el propósito de crear áreas de libre comercio.

Régimen Cambiario Argentino

El Poder Ejecutivo Nacional decidió adoptar medidas calificadas como “transitorias y urgentes” para regular con mayor intensidad el Régimen de Cambios fundándose para ello en la necesidad de fortalecer el normal funcionamiento de la economía y contribuir a una administración prudente del mercado de cambios, reducir la volatilidad de las variables financieras y contener el impacto de oscilaciones de los flujos financieros sobre la economía real.

Con esa finalidad, se dictó, el 1 de septiembre de 2019, el Decreto de Necesidad y Urgencia PEN N.° 609/2019, estableciéndose, entre otras cuestiones, que el contravalor de la exportación de bienes y servicios deberá ingresarse al país en divisas y/o negociarse en el mercado de cambios en las condiciones y plazos que establezca el Banco Central de la República Argentina (“BCRA”).

Asimismo se estableció que el BCRA establecerá los supuestos en los que el acceso al mercado de cambios para la compra de moneda extranjera y metales preciosos amonedados y las transferencias al exterior requerirán autorización previa, con base en pautas objetivas en función de las condiciones vigentes en el mercado cambiario y distinguiendo la situación de las personas humanas de la de las personas jurídicas y se lo facultó para establecer reglamentaciones que eviten prácticas y operaciones tendientes a eludir, a través de títulos públicos u otros instrumentos, lo dispuesto en esa medida.

En ejercicio de esas facultades y a efectos de implementar lo normado, el 1 de setiembre del 2019, el BCRA dictó la Comunicación “A” 6770 y otras aclaratorias y complementarias, que establecieron ciertas cuestiones, luego modificadas por la Comunicación “A” 7917 y complementarias emitidas luego del cambio de gobierno en diciembre 2023.

Actualmente, las principales cuestiones cambiarias a tener en consideración son las siguientes:

  • Los cobros de exportaciones de bienes deberán ser ingresados y liquidados en el mercado de cambios dentro de determinados días corridos según la posición arancelaria de la mercadería exportada. Estos pueden variar entre 15, 30, 60, 180 y 365 días corridos. Más allá de estos plazos, si el exportador hubiera cobrado las exportaciones antes del plazo indicado, deberá ingresar y liquidar dichas divisas dentro de los 5 días hábiles.
  • Los cobros de exportaciones de servicios deberán ser ingresados y liquidados dentro de un plazo máximo de 5 días hábiles desde su percepción o acreditación en cuentas del exterior.
  • Se requiere autorización previa para la pre-cancelación de deudas por importación de bienes y servicios. 
  • Se requiere autorización previa del BCRA para la constitución de activos externos por parte de las  personas jurídicas, gobiernos locales, fondos comunes de inversión, fideicomisos, entre otros.
  • Se requiere autorización previa del BCRA para la constitución de activos externos y ayuda familiar y la concertación de garantías en operaciones de derivados, por parte de las personas humanas cuando superen los 200 dólares en el mes calendario.
  • Las deudas de carácter financiero con el exterior que se desembolsaron a partir del 1/09/2019, deben ingresarse y liquidarse en el mercado de cambios. Deberá demostrarse el cumplimiento de este requisito a los fines de acceder al mercado de cambios para cancelar capital e intereses. Se requiere autorización previa del BCRA para la cancelación de servicios de capital de deudas de carácter financiero entre partes relacionadas.
  • Se requiere autorización previa del BCRA para el giro de utilidades y dividendos.
  • Se podrá dar acceso al Mercado de Cambios, sin necesidad de contar con la conformidad previa del BCRA, para cursar pagos diferidos de nuevas importaciones de bienes con registro de ingreso aduanero a partir del 13/12/23, manteniendo un cierto cronograma dependiendo del tipo de bien de que se trate.
  • Los pagos de servicios a contrapartes vinculadas prestados a partir del 13/12/23 (con algunas excepciones) podrán concretarse una vez transcurrido un plazo de 180 días corridos desde la fecha de prestación o devengamiento. En cambio, los pagos a una contraparte no vinculada por servicios prestados a partir del 13/12/23 (con algunas excepciones) podrán concretarse una vez transcurrido un plazo de 30 días corridos desde la fecha de prestación o devengamiento.

En todos los casos de acceso al mercado de cambios para el pago de deudas financieras o comerciales, se deberá demostrar que las mismas se encontraban declaradas en el Régimen Informativo del BCRA de la Comunicación “A” 6401.

(Chapter breaker)
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Ley de Contrato de Trabajo

Legislación laboral

Regulación de las condiciones de empleo en toda la Argentina.

La Ley de Contrato de Trabajo, que se complementa con leyes y normas adicionales relativas a actividades específicas, regula las condiciones de empleo en toda Argentina. La ley no se aplica a los empleados públicos y otros sectores específicos, cuyas condiciones laborales están comprendidas en normas separadas.

Seguro de Riesgos de Trabajo

La Ley de Riesgos de Trabajo establece que debe contratarse una póliza de seguros de una compañía aseguradora de riesgos del trabajo.

El aporte a las compañías de seguros de riesgos del trabajo usualmente está compuesto por un importe fijo por empleado y un porcentaje variable. El porcentaje variable se calcula a partir de las contribuciones patronales a la seguridad social (sin límite), además cualquier importe no remunerativo (excepto conceptos indemnizatorios en caso de extinción del contrato).

Seguro de vida

Los empleadores deben adquirir una cobertura de 181.500,00 pesos argentinos por empleado, siendo el valor mensual de 37,21 pesos argentinos desde marzo de 2022. Dichos valores se ajustan anualmente conforme al último salario mínimo vital y móvil publicado en el mes de diciembre de cada año, entrando en vigencia a partir del 1 de marzo del año siguiente.

Convenios de seguridad social

Argentina ha celebrado acuerdos de reciprocidad en materia de seguridad social con diversos países.

El Convenio Multilateral del Mercosur que incluye a Brasil, Paraguay y Uruguay, así como los convenios bilaterales con Chile, Eslovenia, España, Francia, Grecia, Italia, Portugal, Perú y Colombia.

Por otro lado, el Convenio Iberoamericano de la Seguridad Social, que incluye a Bolivia, Costa Rica, El salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá, República Dominicana y Venezuela, así como los convenios bilaterales con Bélgica y el Gran Ducado de Luxemburgo, aún se encuentran vigentes y en proceso de instrumentación.

Autónomos

Los autónomos deben hacer un aporte a un fondo de pensiones específico. El importe que deben aportar depende de la naturaleza de su trabajo y el nivel de ingresos. Este aporte mensual oscila entre 9.003,60 y 39.615,30 pesos argentinos.

Independientemente de que exista una relación de dependencia con la sociedad, los miembros de los órganos de administración de las sociedades y los representantes de sociedades extranjeras deben realizar aportes obligatorios al Régimen Nacional de Trabajadores Autónomos.

Contratos laborales

Por lo general, los contratos laborales no especifican la fecha de terminación, adecuándose al principio general de indeterminación del plazo. El principio deja de ser aplicable si: a) el período del contrato se definió por escrito y b) la actividad justifica la excepción.

Se entiende que los contratos de trabajo por tiempo indeterminado se celebran por un período de prueba durante los primeros tres meses. Durante este período de prueba, cualquier parte puede extinguir la relación sin especificar la causa, pero con previo aviso. La terminación del contrato no genera el pago de indemnización en ese caso.

Otros tipos de contratos incluyen: contratos a tiempo parcial (la jornada laboral no excede dos tercios de la jornada normal) y contratos de trabajo por temporada (cuando la relación entre las partes se limita a ciertos meses del año y se repite según el ciclo económico de la actividad).

Otros sistemas de contratación aceptados por la legislación laboral argentina, que son excepciones al principio de indeterminación del plazo, incluyen contratos por tiempo determinado y contratos de trabajo eventual. Puesto que son excepciones al principio general, debe analizarse su aplicabilidad considerando las disposiciones de la Ley de Contrato de Trabajo, según cada caso.

Requisitos especiales para personas físicas extranjeras

En principio, no existen restricciones al empleo de extranjeros ni cupos.

Los expatriados pueden solicitar una exención respecto del pago de aportes y contribuciones, o los beneficios de un convenio de seguridad social internacional, según corresponda.

En cada caso debe analizarse el tratamiento aplicable a los beneficios considerando las leyes en vigencia (usualmente, el paquete completo de beneficios se considera imponible).

Alcance de los beneficios

No es habitual en Argentina que las sociedades ofrezcan beneficios jubilatorios adicionales a los empleados, además de la jubilación oficial (algunas grandes sociedades locales y multinacionales son la excepción).

En la mayoría de los casos, los beneficios relacionados con la asistencia sanitaria cubren las necesidades de los empleados. Sin embargo, la pensión durante la etapa de retiro suele no alcanzar importes demasiado elevados, lo cual favorecería el desarrollo de los planes de seguro de retiro privados.

Se adoptaron algunas medidas para aumentar los mínimos a los que acceden los jubilados durante su retiro. El haber mínimo de retiro asciende de 50.124.26 pesos argentinos (valor vigente a diciembre de 2022).

Salario y otros beneficios de los empleados

Las leyes laborales argentinas protegen a los empleados. Varias reglamentaciones abordan conceptos, como las relaciones laborales, los distintos métodos de pago de los salarios, las licencias de maternidad y otras, y las restricciones al empleo de menores de edad.

De acuerdo con la Ley de Contrato de Trabajo, se abonará un sueldo anual complementario equivalente al salario mensual pagadero en dos cuotas, la primera el 30 de junio y la segunda el 18 de diciembre de cada año. Además, los empleados tienen derecho a vacaciones según su antigüedad (que varían de 14 a 35 días por año). Los conceptos como las horas extra y las licencias por enfermedad están regidos específicamente por las disposiciones de la Ley de Contrato de Trabajo.

Extinción de la relación laboral

Puede extinguirse el contrato de trabajo por varios motivos. Las razones más comunes son la renuncia y el despido sin causa dispuesto por el empleador.

En caso de renuncia, el empleador sólo debe pagar el salario devengado, las vacaciones no gozadas y el proporcional del sueldo anual complementario. En el caso de despido sin causa, en adición a los pagos que corresponden en caso de renuncia, el empleador generalmente debe abonar la indemnización sustitutiva de preaviso ―salvo que otorgue el mismo, el cual es de uno o dos meses, dependiendo de la antigüedad en el empleo―, y la indemnización por despido (equivalente a un salario por año de servicio o fracción mayor de tres meses, pudiendo resultar aplicable un tope sobre dicha base de cálculo).

(Chapter breaker)
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Información financiera

Normas de contabilidad y auditoría

Todas las jurisdicciones de la Argentina tienen Consejos Profesionales encargados de emitir normas contables y de auditoría.

Presentación de información financiera

En virtud de la Ley General de Sociedades y las reglamentaciones de la IGJ, las sociedades por acciones y las sociedades de responsabilidad limitada que tengan un capital social igual o superior a 2.000 millones de pesos argentinos deben presentar a la IGJ los estados contables anuales, que incluyen el balance general, el estado de resultados, el estado de evolución del patrimonio neto y el estado de flujo de efectivo. 

Además, las sociedades controlantes están obligadas a presentar estados contables consolidados como información complementaria a los estados individuales.

Las sociedades por acciones y las sociedades de responsabilidad limitada que tengan un capital social igual o superior a 2.000 millones de pesos argentinos deben presentar a la IGJ los estados contables anuales, que incluyen el balance general, el estado de resultados, el estado de evolución del patrimonio neto y el estado de flujo de efectivo.

La constitución, el funcionamiento y la liquidación de las sociedades comerciales están regulados por la Ley General de Sociedades N.° 19.550 y por las normas emitidas por los diversos organismos de control.

Los dos requisitos fundamentales son los siguientes:

  • Presentar los estados contables anuales auditados por un auditor externo independiente.
  • Las sociedades anónimas y las sociedades de responsabilidad limitada incluidas en el artículo 299 de la Ley General de Sociedades que no tienen consejo de vigilancia deben tener un síndico o, en algunos casos, una comisión fiscalizadora. Esta función la llevan a cabo contadores y/o abogados (artículo 284 de la Ley General de Sociedades).

Las entidades de supervisión mencionadas en la siguiente tabla exigen que se presenten a la autoridad de control correspondiente los estados contables junto con el informe de auditor externo emitido por un contador público independiente.

Autoridad de cotrol Tipos de sociedades que controlan
Comisión Nacional de Valores Sociedades que realizan ofertas públicas de sus valores negociables
Banco Central de la República Argentina Entidades financieras
Superintendencia de Seguros de la Nación Compañías de seguro
Superintendencia de Administradoras de Riesgos del Trabajo Aseguradoras de riesgos del trabajo
Inspección General de Justicia (y autoridades provinciales similares) Sociedades por acciones, sucursales extranjeras, asociaciones civiles sin fines de lucro y fundaciones

El plazo general para presentar los estados contables anuales varía según la autoridad de control que corresponda. El plazo se define después de una cierta cantidad de días posterior al cierre del ejercicio:

Sociedad Plazo posterior al cierre

Sociedades que realizan ofertas públicas de sus valores negociables 

70 dias corridos
Entidades financieras 

70 días corridos

Compañías de seguro  60 días corridos
Aseguradoras de riesgos del trabajo  60 días corridos

Entidades sujetas al control de la Inspección General de Justicia:

Sociedades por acciones comprendidas en el art. 299 de la ley N.° 19.550

15 días hábiles antes de la Asamblea de Accionistas (1)

Resto de las sociedades

15 días hábiles posteriores a la Asamblea de Accionistas (1) (2)

Sucursales extranjeras 120 días
Asociaciones civiles sin fines de lucro  15 días hábiles antes de la Asamblea
Fundaciones

15 días hábiles posteriores a la reunión del Consejo de Administración

(1) La asamblea debe convocarse dentro de los cuatro meses posteriores al cierre del ejercicio.

(2) Los estados contables que deben presentarse electrónicamente a la IGJ, generados por el programa aplicativo provisto por la IGJ, acompañado de una declaración jurada de la sociedad y certificación de contador público independiente.

  • De acuerdo con el artículo 66 de la Ley General de Sociedades, los administradores de las sociedades por acciones, y las sociedades de responsabilidad limitada deben preparar una memoria en la fecha de emisión de los estados contables en la que informen sobre el estado de la Sociedad en las distintas actividades en que haya operado y expliquen los resultados y las proyecciones de la sociedad.
  • En virtud de las normas de la IGJ todas las sociedades por acciones, y las sociedades de responsabilidad limitada con un capital igual o superior a 2.000 millones de pesos argentinos, deberán incluir en la memoria cierta información adicional a la prevista en la Ley General de Sociedades relacionada con la estructura organizativa de la sociedad, sus actividades y objetivos y perspectivas para el ejercicio siguiente.
  • Bajo ciertas condiciones, en el caso de sociedades por acciones no comprendidas en el artículo 299 de la Ley General de Sociedades (ver arriba) y en las sociedades de responsabilidad limitada con un capital social igual o superior a 2.000 millones de pesos argentinos, la Asamblea podrá dispensar a los administradores de confeccionar la memoria con la información adicional mencionada anteriormente, cuando no fuera necesaria para sus propósitos, ni existan accionistas y terceros que hayan demostrado en forma fehaciente interés legítimo en dicha información. En esos casos, la memoria debe confeccionarse en función a los requisitos previstos en el artículo 66 de la Ley General de Sociedades. 
  • Todas las sociedades que hacen oferta pública de sus valores negociables (“emisoras”) deben presentar estados contables trimestrales y una reseña informativa del Directorio, los cuales se publican en la página web de la Comisión Nacional de Valores. Esta información debe ser presentada dentro de los 42 días del cierre del período. Asimismo, en el caso de los estados contables trimestrales de sus sociedades controladas, bajo control conjunto y asociadas, las emisoras podrán reemplazar su presentación por la revelación en nota a sus estados contables de la información de dichas entidades conforme a la normativa aplicable vigente, en cuyo caso las emisoras deberán poner a disposición dichos estados contables si fueren requeridos por el público.
  • Las entidades financieras, compañías de seguro, y las administradoras de riesgos del trabajo deben presentar estados contables trimestrales a sus respectivos organismos de control en los siguientes plazos que  se definen después de una cierta cantidad de días posteriores al cierre del período:
Sociedad Plazo de presentación de estados contables trimestrales
Entidades financieras Último día del mes subsiguiente al cierre (1)
Compañías de seguro 60 días corridos
Aseguradoras de riesgos del trabajo 60 días corridos

(1) Nuevo plazo establecido para los estados contables trimestrales que se emitan a partir del ejercicio 2023.

En todos los casos, los estados contables trimestrales y la reseña informativa del Directorio deben estar acompañados por un informe de revisión emitido por un contador público de acuerdo con las normas de auditoría vigentes.

De acuerdo con la Ley General de Sociedades, los estados contables deben confeccionarse en moneda constante. Más adelante, en la sección “Normas contables profesionales argentinas distintas a la RT 26”, se describen las normas contables profesionales argentinas que deben aplicarse sobre la reexpresión de los estados contables en moneda homogénea.

Los dividendos pueden distribuirse sólo en base a las ganancias líquidas y realizadas que surjan de un balance correspondiente al cierre del ejercicio preparado según la ley y el estatuto de la sociedad. Las sociedades incluidas en el artículo 299 de la Ley General de Sociedades pueden distribuir dividendos por adelantado o provisorios, en base a estados contables especiales, bajo la responsabilidad ilimitada y solidaria de los directores y síndicos.

Las normas de la IGJ establecen los siguientes requisitos societarios: 

  1. La capitalización del ajuste del capital social previo o simultáneamente a aumentos efectivos de capital y
  2. La distribución de los resultados no asignados positivos (ya sea mediante dividendos en efectivo o en acciones, o la constitución de reservas). 

Asimismo, las normas de la IGJ establecen mayores requisitos para la registración de aportes irrevocables a cuenta de futuras suscripciones de acciones que los establecidos en las normas contables profesionales, principalmente su integración en efectivo y su capitalización obligatoria en un plazo que no podrá exceder el término del ejercicio económico en que se haya aceptado, computado desde la aceptación del aporte por el órgano de administración de la sociedad, salvo que en razón de la fecha de cierre del ejercicio, la asamblea general ordinaria deba celebrarse antes de cumplido el plazo, en cuyo caso la decisión sobre la capitalización mencionada deberá adoptarse en esa misma oportunidad. 

Normas contables profesionales

Aspectos generales

Argentina es una república federal formada por 23 provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Todas las jurisdicciones tienen Consejos Profesionales encargados de emitir normas profesionales contables y de auditoría.

Las normas aprobadas por cada Consejo son obligatorias sólo para los profesionales inscriptos en la jurisdicción respectiva.

Todos los Consejos Profesionales de Argentina son miembros de la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas (FACPCE), organización que se encarga de coordinar esfuerzos a fin de emitir las normas profesionales contables y de auditoría. La FACPCE, a través de la Comisión Elaboradora de Normas de Contabilidad y Auditoría (CENCyA), elabora proyectos de normas que somete a un período de consulta, finalizado el cual procede a emitir la norma profesional definitiva, que puede consistir en una Resolución Técnica o en una Interpretación, cuya adopción es propuesta a los Consejos Profesionales de cada jurisdicción del país.

En 1998, la Junta de Gobierno de la FACPCE decidió poner en marcha un plan de armonización de las normas contables profesionales argentinas con las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC), emitidas por el Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (IASC, por su sigla en inglés). El marco contable que resultó de la implementación de dicho plan consideró a las NIC vigentes a ese momento, pero el plan no previó un protocolo de actualización continua que permitiera incorporar los cambios que, a posteriori, se fueron produciendo en las normas internacionales.

En 2009, la FACPCE emitió la Resolución Técnica (RT) N.° 26 por la que adoptó las NIIF (Normas Internacionales de Información Financiera), tal como son emitidas por el IASB (International Accounting Standard Board). La aplicación de las NIIF se definió como obligatoria para algunas entidades, y optativa para otras, con el alcance que se indica en la sección siguiente

Asimismo, la FACPCE ha iniciado un proceso de codificación y cambio en las normas contables locales distintas a la RT N.° 26, que tendrá vigencia efectiva a partir de 2025 y que se explica con mayor detalle en una sección específica.

  • Adopción de la Resolución Técnica N.° 26 y sus modificatorias

    La adopción de las NIIF en Argentina tiene las siguientes características:

    1. Alcance de la aplicación obligatoria
      • Es obligatoria la aplicación de las NIIF en los estados contables de las entidades incluidas en el sistema de oferta pública (Ley N.° 17.811). La primera aplicación obligatoria fue en los estados contables de las entidades listadas correspondientes a ejercicios anuales iniciados a partir del 1 de enero de 2012 y a los períodos intermedios correspondientes a dichos ejercicios. Sin embargo, están exceptuadas de esta aplicación las entidades autorizadas por la Comisión Nacional de Valores a mantener métodos contables de otro organismo regulador, como las entidades financieras, las compañías de seguros, las cooperativas y las asociaciones civiles.
      • La obligación de aplicación de las NIIF alcanza a los estados contables consolidados de un grupo económico, a los estados contables separados de una sociedad controlante, y a los estados contables individuales de una sociedad que no es controlante de otra. Los estados contables separados e individuales mencionados son los que deben considerarse a todos los fines legales en Argentina, en tanto, los estados contables consolidados son información complementaria.
    2. Aplicación opcional de las NIIF
      • Las entidades no alcanzadas por, o exceptuadas de, la aplicación obligatoria de las NIIF, podrán opcionalmente aplicar las NIIF completas o la NIIF para las pequeñas y medianas entidades (PYMES), con el alcance establecido por el IASB.
      • La NIIF para las PYMES no puede ser utilizada por entidades a las que el IASB expresamente excluye de su aplicación. Esta exclusión alcanza a las entidades cuyos instrumentos de deuda o patrimonio se negocian en un mercado público o que estén en proceso de emitir estos instrumentos, o cuando una de sus actividades principales sea mantener activos en calidad de fiduciario para un amplio grupo de terceros.
      • No obstante lo establecido por la FACPCE, la posibilidad de aplicación optativa de las NIIF o de la NIIF para las PYMES debe ser aprobada por el organismo de control societario correspondiente a cada entidad. El estado de esta adopción por parte de los principales organismos de control se trata más adelante en la sección “Normas contables legales”.
  • Normas contables profesionales argentinas distintas a la RT26

    • Unidad de medida

    Las normas contables profesionales argentinas establecen que en un contexto de estabilidad monetaria la unidad de medida a utilizar es la moneda nominal. En la identificación de un contexto de inflación que justifique ajustar los estados contables se ponderan ciertas condiciones cualitativas, que son sustancialmente similares a las contenidas en las NIC 29 “Información Financiera en economías hiperinflacionarias”, pero el indicador clave y condición necesaria para reexpresar las cifras de los estados contables es la existencia de una tasa de inflación acumulada en tres años que alcance o sobrepase el 100 %.

    • Métodos de medición

    Los criterios de medición bajo las normas contables argentinas se aplican según la naturaleza de los activos y los pasivos.

    • Norma Unificada Argentina de Contabilidad

    La FACPCE ha concluido un proceso de codificación de las normas contables profesionales argentinas que se identifica con el título de Norma Unificada Argentina de Contabilidad (NUA). La NUA sigue una estructura simple de comprender que permite identificar con mayor facilidad que las normas predecesoras los requerimientos que se deben considerar para resolver cada tema contable. También incluye un mayor acercamiento a las NIIF en algunos aspectos de medición, presentación y revelación, incorpora tratamientos contables para cuestiones que no estaban previstos en la normativa profesional, e incorpora también normas diferenciadas de carácter optativo (mayormente simplificaciones) para entes pequeños y medianos.

  • Normas contables legales

    Las normas legales referentes a cuestiones contables sólo pueden ser emitidas por el gobierno nacional y los gobiernos provinciales por ley, decreto o resoluciones de entidades del gobierno a las que se han delegado poderes legislativos especiales en el tema de que se trata.

    Las siguientes entidades del gobierno nacional están facultadas para emitir las normas legales relacionadas con cuestiones contables: La Comisión Nacional de Valores; el Banco Central de la República Argentina; la Superintendencia de Seguros de la Nación; la Superintendencia de Riesgos de Trabajo; el Instituto Nacional de Acción Cooperativa y Mutual, que controla.

    las cooperativas y asociaciones mutuales; el Instituto Nacional de Seguridad Social, que controla las obras sociales y entidades afines, y la Inspección General de Justicia (y autoridades provinciales similares).

    Algunas de estas entidades del gobierno incorporan automáticamente como normas contables legales a las normas contables profesionales aprobadas por la FACPCE y adoptadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la jurisdicción correspondiente. Otras entidades de gobierno emiten resoluciones específicas por las que adoptan total o parcialmente a las normas contables profesionales. Finalmente, existen entidades del gobierno que emiten sus propias normas contables legales, las que pueden contener diferencias significativas con las normas contables profesionales. Las sociedades que no están alcanzadas por la aplicación obligatoria de las NIIF, tienen actualmente habilitada por las normas contables profesionales la opción de aplicar las NIIF o la NIIF para las PyME según el tipo de entidad. El uso efectivo de esta posibilidad no depende solo de la decisión del emisor de los estados contables, sino de la autorización de los organismos de control.

  • Normas de auditoría

    La Resolución Técnica (RT) N.° 37 de la FACPCE “Normas de Auditoría, Revisión, Otros Encargos de Aseguramiento, Certificación y Servicios Relacionados” describe las normas relacionadas con la ejecución de auditorías y revisiones limitadas de los estados contables de las entidades, entre otros servicios profesionales tratados en esa resolución. Asimismo, algunos organismos de control, como el Banco Central de la República Argentina o la Superintendencia de Seguros de la Nación, emiten normas de auditoría y revisión que el auditor debe cumplir en adición a lo establecido en la RT 37. Estas normas incluyen, por ejemplo, una lista de los procedimientos de auditoría mínimos aplicables al examen de los estados contables anuales y trimestrales de las entidades bajo su control.

    Para las auditorías y revisiones limitadas de estados contables que obligatoriamente deben ser preparados bajo NIIF, la FACPCE ha emitido en noviembre de 2012 las siguientes Resoluciones Técnicas, que requieren la aplicación de las Normas Internacionales de Auditoría emitidas por la Junta de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB, por su sigla en inglés) de la Federación Internacional de Contadores (IFAC, por su sigla en inglés):

    (a) Resolución Técnica N.° 32: adopta y requiere la aplicación obligatoria de las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) en las auditorías de los estados contables que obligatoriamente deben prepararse bajo NIIF, con vigencia a partir de los ejercicios iniciados el 1 de enero de 2014. 

    (b) Resolución Técnica N.° 33: adopta y requiere la aplicación obligatoria de la Norma Internacional de Encargos de Revisión N.° 2410, en las revisiones de los estados contables de períodos intermedios que obligatoriamente deben ser preparados bajo NIIF, con vigencia para los períodos intermedios correspondientes a los ejercicios iniciados el 1 de enero de 2014. 

    La FACPCE ha emitido también la Resolución Técnica N.° 34, que adopta y requiere la aplicación de las Normas Internacionales de Control de Calidad emitidas por el IAASB y las Normas sobre Independencia emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Ética para Contadores (IESBA, por su sigla en inglés), para todo contador que manifieste haber realizado servicios profesionales en los que se apliquen las normas contenidas en las Resoluciones Técnicas N.° 32 y N.° 33.

    Las Resoluciones Técnicas N.° 32 y N.° 33: pueden ser aplicadas voluntariamente en casos distintos a los indicados en (a) y (b) precedentes, y, en tal caso, debe aplicarse obligatoriamente también la Resolución Técnica N.° 34.

    La adopción de nuevas NIAs o de las modificaciones a las NIAs o Normas de Ética ya adoptadas se efectúa mediante “Circulares de adopción de pronunciamientos emitidos por el IAASB y el IESBA de la IFAC” que emite la FACPCE.

    La Junta de Gobierno de la FACPCE aprobó el 28 de septiembre de 2021 la Resolución Técnica N.° 53 que sustituye el texto original de la Resolución Técnica N.° 37, ahora denominada “Normas de Auditoría, Revisión, Otros Encargos de Aseguramiento, Certificaciones, Servicios Relacionados e Informes de Cumplimiento”.

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Resumen

El equipo de EY Argentina presenta el Doing Business en Argentina, un documento en el cual podrás encontrar información acerca de los principales aspectos económicos, jurídicos e impositivos para hacer negocios en nuestro país.

Acerca de este artículo

Por EY Argentina

Organización multidisciplinaria de servicios profesionales